El Ministerio Público Fiscal formuló cargos a un hombre acusándolo de haber infringido la Ley nacional 22.421 de Protección y Conservación de la Fauna Silvestre.

La denuncia que permitió iniciar una investigación penal fue realizada por el Subsecretario de Biodiversidad de la Secretaría de Ambiente y Cambio Climático, quien recibió alertas anónimas en su teléfono particular. En colaboración con la Policía de Río Negro y el personal de Fauna, se llevó a cabo un allanamiento en la propiedad, donde se encontraron más de 15 jaulas y tres armas de fuego, los cuales fueron incautados.

En la chacra que el imputado habitaba, en una de las colonias de Conesa, fueron encontrados en cautiverio once cardenales amarillos (especie declarada recientemente Monumento natural de la provincia) y un Yal negro. La primera de las especies se encuentra en peligro de extinción.

Como resultado de esta acción, el Ministerio Público Fiscal formuló cargos contra el individuo responsable por la tenencia ilegal de fauna silvestre, conforme a las disposiciones de la Ley. La Defensora oficial del acusado no se opuso a los cargos, y estos fueron admitidos por el Juez de Garantías, lo que ha dado lugar a la apertura de una investigación penal preparatoria por un período de cuatro meses.

En la provincia de Río Negro se están llevando a cabo diversas causas relacionadas con infracciones a las leyes nacionales de protección de los animales (N° 14.346), Protección y Conservación de la Fauna Silvestre, Tráfico y venta ilegal de animales (Ley 22.421) y la Ley Provincial Q 2056 de Fauna Silvestre.

En línea con la preocupación por el cuidado de la fauna silvestre, la Procuración General de Río Negro ha establecido una Instrucción que prohíbe a los fiscales de la provincia otorgar el beneficio de la Suspensión de Juicio a Prueba en casos de crueldad animal.

Las especies de fauna silvestre se encuentran protegidas y está estrictamente prohibida su comercialización. En el marco de esta ley, es posible denunciar establecimientos comerciales, clínicas veterinarias, ferias u otras entidades que realicen la venta ilegal de animales o productos derivados de la fauna silvestre, así como personas u organizaciones que posean este tipo de animales en peligro de extinción o que realicen transporte, acopio, caza o recolección de forma ilegal.